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DEFINICIONES
Para efectos del presente contrato, las partes acuerdan que los vocablos que a continuación se describen y que se utilizan en el texto del presente contrato, se entenderán de conformidad con las siguientes definiciones: CLIENTE.- Significa la Persona Física que como Ejecutivo, cumpla con los perfiles y requisitos que se mencionan en el portal de esta página de internet, que requiere le sea proporcionado el servicios de promoción y contacto con diversas empresas que pudieran requerir de sus servicios profesionales . CÓDIGO CLIENTE.- Significa la clave numérica generada por los
desarrollos tecnológicos propiedad de CONFISA, dada a conocer y entregada
al CLIENTE que utilizará mediante su digitación en los Sistemas Electrónicos,
para accesar a los Servicios proporcionados por CONFISA, con todas las
facultades necesarias y plena manifestación de voluntad. CURRICULA.-
Relación
de los datos personales e historia profesional, que presenta el CLIENTE
toda vez que aspira a conseguir un cargo o puesto de trabajo. BITACORA.- Significa el registro o asiento efectuado en
forma electrónica de todas y cada una de las operaciones relativas a los
Servicios convenidos y ejecutados entre el CLIENTE y CONFISA a través
del servicio de INTRANET, mismo que permite conocer en forma enunciativa mas
no limitativa, la Curricula del Cliente, modificaciones al mismo, perspectivas,
proyectos y demás información que sea necesaria y que le pueda facilitar
a CONFISA la prestación de sus servicios con mayor efectividad DÓLARES.- Significa la moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América. EMPRESA.- La Unidad Económica de Producción o distribución de Bienes o Servicios que debido a sus actividades requiere constantemente de Ejecutivos que colaboren en las labores de la misma y con los que CONFISA tiene contactos y relaciones comerciales. EJECUTIVO.- Toda aquella persona que debido a su desarrollo profesional al servicio de una o varias empresas obtiene un nivel de dirección, inspección, vigilancia o fiscalización dentro de la misma INSTRUCCIONES.- Significan los movimientos y/u opciones (elegidos de aquéllas que permitan los menús de diálogo de los Sistemas Electrónicos) que en forma electrónica envíe el CLIENTE a CONFISA, a través de los Sistemas Electrónicos, para utilizar los Servicios que éste último proporciona. INTERNET.- Significa el medio electrónico de comunicación masivo a través del cual un equipo de cómputo que reúna un mínimo de características puede enviar y recibir datos, voz, vídeo y demás información a través de redes telefónicas locales o internacionales, vía cable o transmisión de ondas, incluyendo la vía satélite y demás redes públicas o privadas de comunicación, utilizando a su vez a diversas empresas proveedoras del servicio de conexión, que mediante la utilización de equipos de computo denominados servidores y ruteadores transfieren la información para que ésta llegue hacia el equipo de cómputo destinatario. CUENTA.- Significa la relación detallada entre los servicios contratados y pagados por el CLIENTE con los servicios proporcionadas por CONFISA, misma que se puede detallar en Pesos o en Dólares MONEDA EXTRANJERA.- Significa la moneda de curso legal de cualquier otro país diferente de los Estados Unidos Mexicanos y de los Estados Unidos de América, susceptible de conversión a Pesos o a Dólares según corresponda. NIP DE ACCESO O NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL.- Es la clave numérica de carácter confidencial generada por el CLIENTE cuya configuración es desconocida para los empleados de CONFISA, que en sustitución de la firma autógrafa utilizará para accesar a los Sistemas Electrónicos con plena manifestación de la voluntad y facultades necesarias para realizar consultas de cualquier tipo en relación con los Servicios Proporcionados por CONFISA En los Sistemas Electrónicos esta clave numérica podrá ser identificada bajo diversas denominaciones, tales como Número Secreto, PIN, Clave, etc., todos ellos sinónimos. NUMERO DE REFERENCIA O FOLIO.- Significa el número que se genera por el uso de los Sistemas Electrónicos, para acreditar la existencia, validez y efectividad del uso de los Servicios proporcionados por CONFISA, así como para identificar la información proporcionada por EL CLIENTE, con todos los efectos que las leyes les atribuyen a los mismos. PESOS.- Significa la moneda de curso legal de los Estados Unidos Mexicanos. SERVICIOS PROPORCIONADOS POR CONFISA.- Significan todas aquellas operaciones, gestiones o actividades, cuyo alcance y determinación se establezca en los Sistemas Electrónicos, en los que ahora o en lo futuro se habilite la posibilidad de ser convenidas entre CONFISA y el CLIENTE y que éste último desde ahora autoriza de manera expresa que se desarrollen, dentro de las cuales de manera enunciativa mas no limitativa se señalan las siguientes:
Y otras que llegase a implementar CONFISA SITIO.- Es el lugar o dirección dentro de la red mundial de telecomunicaciones conocida como Internet (Worl Wide Web), desde la que se puede accesar al servicio INTRANET.
a. Ha desarrollado un servicio que opera mediante la utilización de medios electrónicos, que para efectos de este contrato se denominará Intranet, el cual permite que el CLIENTE pueda obtener los servicios proporcionados por CONFISA , mismos que han quedado señalados en el presente contrato o cualquier otro que CONFISA llegare a proporcionar en el futuro, mediante el uso de uno más números de identificación personal que sustituyan a la firma autógrafa, de conformidad con los términos, condiciones y alcances que en el presente Contrato se establezcan. b. El uso del servicio Intranet esta destinado a Personas
Físicas que tengan la calidad de Ejecutivos. a. Que el CLIENTE cuenta con la experiencia profesional que se describe en la CURRICULA que se enviará en términos del Menú de Opciones y Registro de Datos que aparece en la presente página de Internet. b. Estar interesado en contratar los servicios proporcionados por CONFISA. c. Así mismo reconoce y acepta que: 1. La prestación de dichos servicios constituye un acto de naturaleza civil para ambas partes, de acuerdo a lo dispuesto por el Código Civil para el Distrito Federal. 2. Toda la información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través del servicio Intranet, se entenderá como "un mensaje de datos". 3. Al utilizar el Código de Cliente o NIP para realizar cualquier tipo de operación o solicitar la prestación de cualquiera de los servicios proporcionados por CONFISA, se entenderá que el mensaje enviado efectivamente proviene del CLIENTE, 4. Se entenderá que el momento en que CONFISA recibe los mensajes enviados por el CLIENTE a través del servicio Intranet es aquel momento en que ingrese al propio servicio, y que el momento en que el CLIENTE recibe la información es el momento en que se obtiene tal información. d. Que es de su conocimiento que para accesar a Intranet deberá contar con un Código de Cliente, para tener acceso a los Servicios Proporcionados por CONFISA a que se refiere este contrato. Expuesto lo anterior, las partes acuerdan celebrar el presente contrato sujetándose a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- CONFISA está de acuerdo en proporcionar diversos Servicios de Presentación, Ofrecimiento, investigación y Difusión a las EMPRESAS con las que mantiene relaciones comerciales y con todas aquellas empresas que puedan llegar a requerir de un Ejecutivo con el perfil y características del CLIENTE y el CLIENTE en hacer uso de dichos servicios en forma intransferible, conforme a los términos y condiciones convenidos en este contrato. DE LAS OPERACIONES. SEGUNDA.- Una vez cumplidos los términos y condiciones de este contrato, el CLIENTE podrá tener acceso a la página, para ver el desarrollo de los servicios proporcionados por CONFISA.. A través del mismo servicio, el CLIENTE podrá obtener información acerca de las EMPRESAS que se puedan encontrar interesadas en contratar sus servicios como Ejecutivo, así como la información sobre dichas empresas, tal como si la empresa es del país de origen del CLIENTE o extranjera, el probable puesto y condiciones de trabajo, entre otras. CONFISA no se obliga por la suscripción por el CLIENTE
del presente contrato, a que dentro del término que se haya pactado, EL
CLIENTE vaya a ser colocado o contratado por alguna de las EMPRESAS, por
lo que las obligaciones establecidas en el presente contrato en relación
a CONFISA son las que se indican en la cláusula PRIMERA del presente contrato. El CLIENTE está de acuerdo y acepta que no existe obligación alguna por parte de CONFISA en el sentido de que éste deba ser contratado o colocado en alguna EMPRESA por la suscripción del presente contrato. En caso de que la información enviada por EL CLIENTE no sea completa, contenga errores u omisiones, o la misma sea falsa, por no corresponder el historial profesional con lo acentado en la currícula enviada para los efectos del presente contrato, es responsabilidad total y absoluta de EL CLIENTE, deslindando desde este momento de cualquier responsabilidad a CONFISA en relación con dichos datos. CONEXIÓN DE LOS EQUIPOS Y SISTEMAS ELECTRÓNICOS. TERCERA.- Para lograr la conexión a Intranet, CONFISA y el CLIENTE se obligan a lo siguiente: a. El CLIENTE: Deberá contar con equipo de computo y con servicio de INTERNET para poder accesar al servicio Intranet, mismos que deberá también mantener actualizados de modo que conserven compatibilidad con los equipos y sistemas de CONFISA. b. CONFISA: Permitirá al CLIENTE conectarse a través de Internet a Intranet, mediante el uso del Código de Cliente y/o NIP, según corresponda. REGLAS DEL SERVICIO CUARTA.-
Queda expresamente establecido que las consultas que se llevan a través
del servicio materia de este contrato, se regirán entre otras estipulaciones
por lo siguiente: b) Las cuentas podrán ser impresas, copiadas, grabadas o de cualquier forma almacenadas por EL CLIENTE para que este pueda conocer el estado de los servicios prestados por CONFISA. c) CONFISA sólo tendrá obligación a proporcionar sus servicios cuando previamente hayan sido cubiertas por EL CLIENTE las cantidades que se fijan en el presente contrato por concepto de honorarios. d) Expresamente reconoce el CLIENTE que los registros de las operaciones a que se refiere el presente contrato que aparezcan en los sistemas de CONFISA y en los comprobantes que de las mismas expidan, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal como constancia de que operó el servicio Intranet. e) EL CLIENTE autoriza expresamente a CONFISA para que divulgue, promueva, genere una base de datos y todo aquello que sea necesario hacer con la información enviada por EL CLIENTE para el mejor desempeño por parte de CONFISA de sus actividades. CONFISA quedará liberado de cualquier responsabilidad derivada de la información enviada por el CLIENTE. ALCANCES DE LA INFORMACIÓN QUINTA.- La información e instrucciones que el CLIENTE transmita o comunique a CONFISA mediante este servicio, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la verosimilitud o falsedad de dicha información, así como el grado de disposición de EL CLIENTE para prestar sus servicios en una empresa de su país o del extranjero. El uso de los medios de identificación previstos en este contrato, para realizar consultas o introducir datos a través de este sistema electrónico, sustituirá la firma autógrafa, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes; y en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. SEXTA.-
CONFISA prestará los servicios materia de este contrato, siempre que le
sean solicitados por el medio previsto, en los días y horarios que el
propio CONFISA establezca al efecto. A) Cuando de la información enviada por EL CLIENTE se desprenda que existe falsedad inminente en la misma. B) Que el puesto o cargo a que aspire EL CLIENTE sea total y completamente desproporcionado a la experiencia y nivel que se desprenda de la currícula. SEPTIMA.- El CLIENTE, para todos los efectos legales a que haya lugar, expresamente reconoce y acepta el carácter personal e intransferible del Código de Cliente y/o NIP, así como su confidencialidad. RESPONSABILIDAD. OCTAVA.- El CLIENTE reconoce que quedarán bajo su custodia, control y cuidado el Código de Cliente y/o NIP, por lo que será de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que éste pudiera sufrir como consecuencia del uso indebido de esos elementos. El CLIENTE estará obligado a extremar las medidas que resulten necesarias a fin de resguardar la confidencialidad del Código de Cliente y/o NIP, de modo que a partir de la aceptación de este contrato el CLIENTE asume en forma expresa la plena y exclusiva responsabilidad por su utilización. COMISIONES Y GASTOS. NOVENA.- El CLIENTE se obliga a pagar a CONFISA por cada periodo de la membresía que requiera que le sean proporcionados los servicios que se desprenden del presente contrato, la cantidad estipulada al momento del pago de la transacción en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o su equivalente en la moneda del país de origen del CLIENTE, debiendo hacerse la conversión el día que se realice el cargo a la tarjeta, se realice la transferencia o por cualquier medio electrónico o de cualquier otro índole, CONFISA reciba dicha cantidad, tomándose en cuenta para determinar el tipo de cambio el instrumento o boletín oficial que en cada país expidan las autoridades correspondientes. CONFISA podrá modificar en cualquier tiempo dichas tarifas previo aviso al CLIENTE por cualquiera de los medios y en el plazo que se indica en la cláusula Décima Octava del presente contrato. AUTORIZACIÓN. DECIMA.- El CLIENTE autoriza expresamente al CONFISA para que efectúe los cargos correspondientes a los servicios prestados o cualquier otra cantidad que se le adeude, en la Cuenta que hubiere dado origen a una operación de Intranet, o en la tarjeta de Crédito que haya introducido para efectos de recibir los servicios proporcionados por CONFISA, y en caso de no existir fondos, CONFISA suspenderá de inmediato los servicios que le estuviere proporcionando, sin que por esto tenga responsabilidad alguna. En caso de que el CLIENTE contrato los servicios por tiempo mayor a un periodo de seis meses y se obligue a pagar mensualidades y no mantenga recursos suficientes en las cuentas referidas en el párrafo que antecede para que se le hagan dichos cargos, se le adicionará un cargo extra por penalización igual a un 25% (Veinticinco por ciento) mensual sobre la cantidad que deba pagar. INFORMACIÓN CURRICULAR. DECIMA PRIMERA.- El CLIENTE expresamente faculta al CONFISA para realizar todo tipo de investigaciones en relación a su historial profesional, así como para que se soliciten informes y referencias a las empresas que aparezcan en su currícula, manifestando desde este momento EL CLIENTE que conoce la naturaleza y alcance de la información que se solicitará o se proporcionará. Esta autorización se entenderá renovada periódicamente por el tiempo que el CLIENTE utilice los servicios de Intranet. IMPUESTOS. DECIMA SEGUNDA. - En términos de las disposiciones legales aplicables, CONFISA deducirá, retendrá, y enterará, el impuesto que en su caso corresponda. RECONOCIMIENTO. DECIMA TERCERA.- El CLIENTE ratifica que el o los movimientos que se efectúen al amparo de este contrato, serán con dinero producto del desarrollo normal de sus actividades propias y que por lo tanto no provienen de la realización de actividades ilícitas, por lo que reconoce plenamente conocer y entender las disposiciones relativas a las operaciones realizadas con recursos de procedencia ilícita y sus consecuencias. TITULARIDAD. DECIMA
CUARTA.- El CLIENTE acepta y reconoce expresamente
que CONFISA es el propietario o titular de los derechos según corresponda
de los medios de acceso y los programas que le permitan hacer uso del
servicio Intranet, por lo que sin el consentimiento de éste, el CLIENTE
no podrá transferir, divulgar o dar un uso distinto total o parcialmente
a dichos medios de acceso y programas, en caso contrario, será responsable
de los daños y perjuicios que se ocasionen CONFISA o a terceros, lo anterior
con independencia de las acciones judiciales, administrativas o de cualquier
índole que le asistan a CONFISA CESION Y USO. DECIMA QUINTA.- El CLIENTE no podrá ceder o transmitir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, y este contrato no deberá ser considerado como una cesión de derechos o licencia de uso de cualquier derecho de propiedad o derecho de comercialización cuyo titular es CONFISA ACTOS DE CONTINGENCIA Y HECHOS IMPREVISIBLES. DECIMA SEXTA.- El CLIENTE acepta expresamente que CONFISA no será responsable de los daños y perjuicios que se le pudieran causar si, por caso fortuito, fuerza mayor o por cualquier otro acontecimiento o circunstancia inevitable y que en forma enunciativa mas no limitativa se deriven de huelgas, paros, eventos de la naturaleza, disturbios sociales, requerimientos u ordenes de autoridades judiciales o administrativas competentes, asalto o robo de equipo de computo de sucursales, oficinas centrales u oficinas de proceso de información y operación, actos vandálicos sobre el equipo de computo de sucursales, oficinas centrales u oficinas de proceso de información y operación, fallas en el suministro eléctrico, problemas de telecomunicaciones para la transmisión de información y operación al equipo central, más allá del control razonable de CONFISA, el CLIENTE no pudiera hacer uso del servicio o realizar alguna de las operaciones previstas en este contrato. RESERVA. DECIMA SÉPTIMA.- CONFISA se reserva el derecho de efectuar modificaciones a los términos y condiciones de este contrato, bastando para ello un aviso al CLIENTE, ya sea por escrito, o a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación, o de su colocación en los lugares abiertos al público en las oficinas de CONFISA, o por medios electrónicos según corresponda, con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha en que dichas modificaciones entren en vigor, entendiéndose la aceptación del CLIENTE si éste utiliza el servicio después de que tales modificaciones hayan entrado en vigor. PLAZO DEL CONTRATO. DECIMA OCTAVA.- El presente contrato tendrá una vigencia indefinida, sin embargo, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado en cualquier momento, en cuyo caso se deberá dar aviso por escrito a la otra parte con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha en que la terminación deba surtir efectos. Una vez notificada la terminación del contrato, exclusivamente se procesarán las operaciones que se encuentren en tránsito, y de igual forma el CLIENTE se obliga a no accesar al servicio Intranet ni a realizar operación alguna a través del mismo, a partir de la fecha de la notificación de terminación de la relación contractual. RESCISION. DECIMA NOVENA.- CONFISA podrá rescindir, mediante aviso por escrito, el presente contrato, sin responsabilidad en los siguientes casos de incumplimiento por parte del CLIENTE:
a.
Si no cubre en forma y tiempo cualquier cantidad
a su cargo que se derive de este servicio. d. Si faltare al cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones bajo este contrato. DOMICILIOS. VIGESIMA.- Para todos los efectos legales el CLIENTE señala como su domicilio el referido en la cuenta que se indica en la carátula del presente contrato y CONFISA, el de Calle Galileo número 20 Despacho 203, Colonia Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 05500, México, D.F.. Mientras las partes no se notifiquen por escrito el cambio de domicilio, todos los avisos, notificaciones y demás diligencias que se hagan en los domicilios señalados surtirán los efectos legales correspondientes. TITULOS. VIGESIMA PRIMERA.- Los títulos que anteceden a cada una de las cláusulas no tienen mas intención que la conveniencia de las partes, por lo que no serán considerados para efectos de interpretación del presente contrato. JURISDICCIÓN. VIGESIMA SEGUNDA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato,
las partes se someten a la Legislación Federal y a la jurisdicción de
los Tribunales Federales de los Estados Unidos Mexicanos correspondientes
en el Distrito Federal, renunciando al fuero que por razón de sus domicilios
presentes o futuros pudiera corresponderles. |